Pero el cambio más grave del decreto no está en los tecnicismos legales ni en los números: por primera vez, el Gobierno habilitó a la empresa a cortar el suministro de agua potable en hogares que acumulen dos meses de deuda.
El decreto, publicado en el Boletín Oficial y firmado por Milei y todo su gabinete, aprueba un "texto ordenado" de la Ley 26.221.
En los hechos, el nuevo marco elimina una de las últimas barreras que protegían a los usuarios del acceso al agua, un servicio que hasta ahora solo podía ser restringido, pero no interrumpido por completo.
La norma establece que "la Concesionaria está facultada para proceder al corte del Servicio Público por atrasos en el pago de las facturas correspondientes", y que la interrupción podrá aplicarse "por falta de pago de una factura con una mora de como mínimo sesenta (60) y quince (15) días para los usuarios residenciales y no residenciales, respectivamente". Los días, de acuerdo con la norma, deberán ser "contados a partir de su segundo vencimiento".
Hasta ahora, el artículo 81 del reglamento establecía algo muy distinto: en el caso de usuarios residenciales, AySA solo podía "restringir" el servicio -es decir, reducir el caudal de agua- y nunca suspenderlo por completo. Además, el procedimiento requería una intimación fehaciente con 15 días de anticipación y dos períodos consecutivos de facturación impagos.
Con la nueva redacción, el Gobierno habilita directamente el corte total del suministro a los hogares, tratándolo como una prestación comercial más.






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